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	<title>Comentarios en: Monólogo sobre Dios</title>
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	<description>SOBRAN MOTIVOS PARA SER SALVAJES</description>
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		<item>
		<title>Por: daniela</title>
		<link>http://www.nacionapache.com.ar/archives/720/comment-page-1#comment-4792</link>
		<dc:creator>daniela</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 May 2008 02:10:53 +0000</pubDate>
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		<description>totalmente cierto!
creo a diferencia del de arriba... estemm.. que es un monologo cargado de cordura, y me parece un REAL disparate que haya sido procesado por hacerlo PUBLICO, sobre todo considerando que esta planteado desde un lado ironico y humoristico.
Es digno de ser leido por cualquier persona conciente sea un adulto o un niño.
Sera que este mundo occidental cristiano en el que intentan sumergirnos dia a dia desde que nacemos ve a esto como una amenaza para su asqueroso sistema capitalista?.... eso debe ser... 
por suerte creo que dios no existe, es solo un invento mas de esta civilizacion al igual que la biblia un cuento mas, por lo que me cague de risa con el monologo, al igual que muchos catolicos lo deben haber echo! porque como antes dije es una expresion en sentido humoristico con una cuota de ironia que lo hace mas interesante aun.
Seria bueno que los paises empiezan a pensar en cosas mas importantes que en procesar a un humorista, porque mientras en el vaticano el papa tiene toda la &quot;teca&quot;, aca los pibes se cagan de hambre.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>totalmente cierto!<br />
creo a diferencia del de arriba&#8230; estemm.. que es un monologo cargado de cordura, y me parece un REAL disparate que haya sido procesado por hacerlo PUBLICO, sobre todo considerando que esta planteado desde un lado ironico y humoristico.<br />
Es digno de ser leido por cualquier persona conciente sea un adulto o un niño.<br />
Sera que este mundo occidental cristiano en el que intentan sumergirnos dia a dia desde que nacemos ve a esto como una amenaza para su asqueroso sistema capitalista?&#8230;. eso debe ser&#8230;<br />
por suerte creo que dios no existe, es solo un invento mas de esta civilizacion al igual que la biblia un cuento mas, por lo que me cague de risa con el monologo, al igual que muchos catolicos lo deben haber echo! porque como antes dije es una expresion en sentido humoristico con una cuota de ironia que lo hace mas interesante aun.<br />
Seria bueno que los paises empiezan a pensar en cosas mas importantes que en procesar a un humorista, porque mientras en el vaticano el papa tiene toda la &#8220;teca&#8221;, aca los pibes se cagan de hambre.</p>
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	<item>
		<title>Por: Gomes</title>
		<link>http://www.nacionapache.com.ar/archives/720/comment-page-1#comment-3345</link>
		<dc:creator>Gomes</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Dec 2007 21:28:00 +0000</pubDate>
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		<description>Bueno (Y)....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Bueno (Y)&#8230;.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Guillermo Piro</title>
		<link>http://www.nacionapache.com.ar/archives/720/comment-page-1#comment-580</link>
		<dc:creator>Guillermo Piro</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 01 Oct 2006 00:37:03 +0000</pubDate>
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		<description>Copio aquí abajo un extracto del procedimiento penal abierto contra Benigni, en 1983, a causa de este monólogo, improvisado en ocasión de una Festa de la Unità, en Reggio Emilia. Gracias a este procedimiento es que hoy contamos con el texto.

PREFECTURA DE REGGIO EMILIA

EN NOMBRE DEL PUEBLO ITALIANO, el Juez de 1a. instancia de Reggio Emilia, dr. Umberto Poppi, vistos los autos del procedimiento penal contra: BENIGNI ROBERTO, imputado a) del delito previstos por los artículos artículos 402 y 266 IV inciso nros. 2 y 3 C.P. (vilipendio a la Religión del Estado) [...] b) del delito previstos por los artículos artículos 724 y 266 IV inciso nros. 2 y 3 C.P. (blasfemia) [...] c) del delito previstos por los artículos artículos 725 y 266 IV inciso nros. 2 y 3 (obscenidad) [...]

HECHO Y DERECHO

Es cierto que el imputado se ha referido, en la denunciada circunstancia, a la religión católica (identificada en la “Religión del Estado” prevista en el art. 402 C.P.). Eso es deducible de las mismas contingencias ambientales, habiéndose dirigido el cómico a un público compuesto por ciudadanos italianos, dado que cualquier referencia a la religión en general no puede no referirse a la religión católica, sustancialmente la única elegida, e incluso practicada, en base a resultados estadísticos, casdi por la totalidad. Por otro lado es inequívoca la referencia a la noción del pecado original (la manzana de Adán y Eva), y, aunque subsistan confusos elementos con algunos contenidos del Viejo Testamento, parece resolutivo en dicha identificación la particular mención al hecho histórico del proceso a Galileo, además de al Papa, que habría alentado dicho proceso. [...] En mérito, el hecho previsto por los artículos antes citados a) integra sin duda la materialidad objetiva del delito de vilipendio. En verdad, si en el caso concreto el monólogo de Benigni no fuese un vilipendio a la religión católica, el concepto mismo de vilipendio debería intenderse absolutamente borrado de nuestro código penal; lo cual técnicamente no es así. [...] En efecto, Benigni no podía elegir, como objeto de su escarnio, valores más elevados en la esfera ética jurídicamente protegida, porque ha tomado lo más vivo de la intangibilidad sagrada en la esencia misma de la cultura y la fe católica, esto es, Dios y su verbo. [...] Esto, por otra parte, se encuadra en los habituales contenidos elegidos en los espectáculos del cómico Benigni; no solamente, pero sobretodo en la temporada 1983, como resulta de conocimiento público, por sus declaraciones en la fase de instrucción, además de la prensa, que, además, transcribe una entrevista con el imputado (n. 42/83 de “L’Europeo”), en donde admite, e incluso se vanagloria, del trato bufo de dicho argumento en decenas de espectáculos (se habla incluso 40) en toda Italia y en el exterior, con tanta frecuencia e insistencia como para haber formado un estilo, una identidad artística “a la manera de Benigni”. [...] La subsistencia misma, además de la gravedad del hecho particular del que se habla, encuentra elementos existenciales no sólo en el componente de la precedentemente mencionada gravedad conceptual de las palabras ofensivas, sino también en el componente del número y la cantidad de público (el presente y el televisivo) a quien dichas palabras estaban dirigidas. 
Y en efecto (ver declaraciones realizadas en la fase de instrucción) entre la multitud presente había jóvenes y muy jóvenes, incluso niños, por lo que el anteriormente mencionado perfil constitutivo inherente a la calidad del auditorio estaba ciertamente integrado. Por eso la declaración defensiva de Benigni (ver Interrogatorio) según la cual los epítetos atribuidos a Dios eran tan paradojalmente absurdos de resultar increíbles, i por eso no idóneos para vilipendiar el sentimiento de religiosidad, pierde todo valor, en cuanto debe tenerse presente que los muy jóvenes, privados de una capacidad crítica solectiva, pueden entender in malam partem los ultrajes oídos, sin discernir entre expresiones verídicas y expresiones absurdas, por lo tanto siendo inducidos al menosprecio de los valores objeto de escarnio. [...] Esta materialidad no resulta menor por la finalidad cómico-satítica de la intervención de Benigni. Ya se ha dicho que el monólogo ha sido ofrecido al público en términos dialécticos ajenos a la paradoja absurda (por lo tanto con un significado implícito antitético al explícito), pero incluso se sostiene en base a una aparente logicidad demostrativa, porque el cómico ha dado analíticamente a los escuchas, para cada defecto atribuido a Dios, la respectiva apelación (ut supra) a una prueba pseudo-lógica, con el fin evidente de conseguir el aplauso incluso a través de la aprobación de una suerte de atendibilidad. Por otra parte, al presente juicio no concierne el concepto de la inmunidad (rectius atenuante, o no punible) pretendida por los defensores de la libertad total en temas de vis comica, porque la inmunidad del bufón, tan querida por la literatura de ambiente medieval, que quiere al “enano” para mofarse de todo y de todos, aun del mismo príncipe, sólo porque gozaba de la franquicia entonces típica de su mansión, no tiene ningún sostén, y no puede tenerlo en el Estado de derecho. Por el contrario, en el Estado de derecho hay soberanos que distribuyan franquicias; en él se puede reir en buena medida, muy vasta en cuanto a la cantidad de personas y argumentos, pero la comicidad del espectáculo no puede llegar, sólo por su caracter y finalidad, más allá de los límites impuestos bajo la tutela de las esferas jurídicas, y lesionar, y debe, por lo tanto, mantenerse dentro y no más allá de ciertas normas y ciertos contenidos. [...] Es un hecho que cierto intelectualismo contrabandea, refugiándose en el ars comica, formas y contenidos (incluso de tema religioso) escandalizadoras respecto de formas y contenidos preexistentes. [...] Más delicada, más insegura, es la verificación de la presencia del elemento subjetivo del vilipendio. [...] Sería un error que considerase inocente a Benigni sólo porque él tenía solamente la intención de “bromear para hacer reír”. [...] Para reconocer la responsabilidad del acusado de vilipendio, necesita considerar que él tenía “voluntad y conciencia”, no ya del evento, tratándose de un reato de pura conducta, sino del caracter “dañino” (del “sentimiento religioso”) de su propio comportamiento. [...] En otros términos, se debe investigar si Benigni era “conciente del vilipendio”. [...] Benigni, astuto y culto, es un hombre de teatro, con nociones y aspectos esencialmente característicos de su ambiente, que es el del espectáculo. Y el ambiente del espectáculo, tanto del lado del escenario como del de la platea, es el que es en esta fase histórica; o sea que se permite (desde el escenario) y acepta (desde la platea) incluso expresiones que el código penal, como ha sido dicho más arriba, no conciente de ninguna manera. Prueba de esa situación (antijurídica) es el hecho de que Benigni ha ya representado espectáculos similares muchísimas veces, en Italia y en el exterior, siendo condenado sólo una vez por obscenidad (ver certificado penal). [...] Benigni puede haber supuesto que ofender a los católicos en sus sentimientos, ya, por hábito, no provoque ninguna reacción, es decir “no implique una ofensa”. [...] De modo que parece una elección congruente, equilibrada, la duda acerca de la conciencia de Benigni sobre el caracter ofensivo y ultrajante de su monólogo, y por lo tanto es aplicable su exoneración por insuficiencia de pruebas sobre su voluntad de cometer el delito. [...]
Visto el artículo 398 C.P.P.: 1) En cuanto a la imputación a), considerada la subsistencia de la objetividad del vilipendio adscripto, DECLARA que no se proceda contra BENIGNI ROBERTO, excluida la intencionalidad específica de cometer el hecho por insuficiencia de pruebas; 2) DISPONE se continúe el proceso contra Roberto Benigni en orden a las contravenciones b) y c) con juicio por contravención.

Reggio Emilia, 3 de noviembre de 1983.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Copio aquí abajo un extracto del procedimiento penal abierto contra Benigni, en 1983, a causa de este monólogo, improvisado en ocasión de una Festa de la Unità, en Reggio Emilia. Gracias a este procedimiento es que hoy contamos con el texto.</p>
<p>PREFECTURA DE REGGIO EMILIA</p>
<p>EN NOMBRE DEL PUEBLO ITALIANO, el Juez de 1a. instancia de Reggio Emilia, dr. Umberto Poppi, vistos los autos del procedimiento penal contra: BENIGNI ROBERTO, imputado a) del delito previstos por los artículos artículos 402 y 266 IV inciso nros. 2 y 3 C.P. (vilipendio a la Religión del Estado) [...] b) del delito previstos por los artículos artículos 724 y 266 IV inciso nros. 2 y 3 C.P. (blasfemia) [...] c) del delito previstos por los artículos artículos 725 y 266 IV inciso nros. 2 y 3 (obscenidad) [...]</p>
<p>HECHO Y DERECHO</p>
<p>Es cierto que el imputado se ha referido, en la denunciada circunstancia, a la religión católica (identificada en la “Religión del Estado” prevista en el art. 402 C.P.). Eso es deducible de las mismas contingencias ambientales, habiéndose dirigido el cómico a un público compuesto por ciudadanos italianos, dado que cualquier referencia a la religión en general no puede no referirse a la religión católica, sustancialmente la única elegida, e incluso practicada, en base a resultados estadísticos, casdi por la totalidad. Por otro lado es inequívoca la referencia a la noción del pecado original (la manzana de Adán y Eva), y, aunque subsistan confusos elementos con algunos contenidos del Viejo Testamento, parece resolutivo en dicha identificación la particular mención al hecho histórico del proceso a Galileo, además de al Papa, que habría alentado dicho proceso. [...] En mérito, el hecho previsto por los artículos antes citados a) integra sin duda la materialidad objetiva del delito de vilipendio. En verdad, si en el caso concreto el monólogo de Benigni no fuese un vilipendio a la religión católica, el concepto mismo de vilipendio debería intenderse absolutamente borrado de nuestro código penal; lo cual técnicamente no es así. [...] En efecto, Benigni no podía elegir, como objeto de su escarnio, valores más elevados en la esfera ética jurídicamente protegida, porque ha tomado lo más vivo de la intangibilidad sagrada en la esencia misma de la cultura y la fe católica, esto es, Dios y su verbo. [...] Esto, por otra parte, se encuadra en los habituales contenidos elegidos en los espectáculos del cómico Benigni; no solamente, pero sobretodo en la temporada 1983, como resulta de conocimiento público, por sus declaraciones en la fase de instrucción, además de la prensa, que, además, transcribe una entrevista con el imputado (n. 42/83 de “L’Europeo”), en donde admite, e incluso se vanagloria, del trato bufo de dicho argumento en decenas de espectáculos (se habla incluso 40) en toda Italia y en el exterior, con tanta frecuencia e insistencia como para haber formado un estilo, una identidad artística “a la manera de Benigni”. [...] La subsistencia misma, además de la gravedad del hecho particular del que se habla, encuentra elementos existenciales no sólo en el componente de la precedentemente mencionada gravedad conceptual de las palabras ofensivas, sino también en el componente del número y la cantidad de público (el presente y el televisivo) a quien dichas palabras estaban dirigidas.<br />
Y en efecto (ver declaraciones realizadas en la fase de instrucción) entre la multitud presente había jóvenes y muy jóvenes, incluso niños, por lo que el anteriormente mencionado perfil constitutivo inherente a la calidad del auditorio estaba ciertamente integrado. Por eso la declaración defensiva de Benigni (ver Interrogatorio) según la cual los epítetos atribuidos a Dios eran tan paradojalmente absurdos de resultar increíbles, i por eso no idóneos para vilipendiar el sentimiento de religiosidad, pierde todo valor, en cuanto debe tenerse presente que los muy jóvenes, privados de una capacidad crítica solectiva, pueden entender in malam partem los ultrajes oídos, sin discernir entre expresiones verídicas y expresiones absurdas, por lo tanto siendo inducidos al menosprecio de los valores objeto de escarnio. [...] Esta materialidad no resulta menor por la finalidad cómico-satítica de la intervención de Benigni. Ya se ha dicho que el monólogo ha sido ofrecido al público en términos dialécticos ajenos a la paradoja absurda (por lo tanto con un significado implícito antitético al explícito), pero incluso se sostiene en base a una aparente logicidad demostrativa, porque el cómico ha dado analíticamente a los escuchas, para cada defecto atribuido a Dios, la respectiva apelación (ut supra) a una prueba pseudo-lógica, con el fin evidente de conseguir el aplauso incluso a través de la aprobación de una suerte de atendibilidad. Por otra parte, al presente juicio no concierne el concepto de la inmunidad (rectius atenuante, o no punible) pretendida por los defensores de la libertad total en temas de vis comica, porque la inmunidad del bufón, tan querida por la literatura de ambiente medieval, que quiere al “enano” para mofarse de todo y de todos, aun del mismo príncipe, sólo porque gozaba de la franquicia entonces típica de su mansión, no tiene ningún sostén, y no puede tenerlo en el Estado de derecho. Por el contrario, en el Estado de derecho hay soberanos que distribuyan franquicias; en él se puede reir en buena medida, muy vasta en cuanto a la cantidad de personas y argumentos, pero la comicidad del espectáculo no puede llegar, sólo por su caracter y finalidad, más allá de los límites impuestos bajo la tutela de las esferas jurídicas, y lesionar, y debe, por lo tanto, mantenerse dentro y no más allá de ciertas normas y ciertos contenidos. [...] Es un hecho que cierto intelectualismo contrabandea, refugiándose en el ars comica, formas y contenidos (incluso de tema religioso) escandalizadoras respecto de formas y contenidos preexistentes. [...] Más delicada, más insegura, es la verificación de la presencia del elemento subjetivo del vilipendio. [...] Sería un error que considerase inocente a Benigni sólo porque él tenía solamente la intención de “bromear para hacer reír”. [...] Para reconocer la responsabilidad del acusado de vilipendio, necesita considerar que él tenía “voluntad y conciencia”, no ya del evento, tratándose de un reato de pura conducta, sino del caracter “dañino” (del “sentimiento religioso”) de su propio comportamiento. [...] En otros términos, se debe investigar si Benigni era “conciente del vilipendio”. [...] Benigni, astuto y culto, es un hombre de teatro, con nociones y aspectos esencialmente característicos de su ambiente, que es el del espectáculo. Y el ambiente del espectáculo, tanto del lado del escenario como del de la platea, es el que es en esta fase histórica; o sea que se permite (desde el escenario) y acepta (desde la platea) incluso expresiones que el código penal, como ha sido dicho más arriba, no conciente de ninguna manera. Prueba de esa situación (antijurídica) es el hecho de que Benigni ha ya representado espectáculos similares muchísimas veces, en Italia y en el exterior, siendo condenado sólo una vez por obscenidad (ver certificado penal). [...] Benigni puede haber supuesto que ofender a los católicos en sus sentimientos, ya, por hábito, no provoque ninguna reacción, es decir “no implique una ofensa”. [...] De modo que parece una elección congruente, equilibrada, la duda acerca de la conciencia de Benigni sobre el caracter ofensivo y ultrajante de su monólogo, y por lo tanto es aplicable su exoneración por insuficiencia de pruebas sobre su voluntad de cometer el delito. [...]<br />
Visto el artículo 398 C.P.P.: 1) En cuanto a la imputación a), considerada la subsistencia de la objetividad del vilipendio adscripto, DECLARA que no se proceda contra BENIGNI ROBERTO, excluida la intencionalidad específica de cometer el hecho por insuficiencia de pruebas; 2) DISPONE se continúe el proceso contra Roberto Benigni en orden a las contravenciones b) y c) con juicio por contravención.</p>
<p>Reggio Emilia, 3 de noviembre de 1983.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Julián Gerli</title>
		<link>http://www.nacionapache.com.ar/archives/720/comment-page-1#comment-578</link>
		<dc:creator>Julián Gerli</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 30 Sep 2006 23:39:32 +0000</pubDate>
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		<description>Roberto Benigni es uno de los chantas que se pretende presentar como ser &quot;especial&quot;, para que sea referente de gente &quot;común&quot;... ¿Querés hacer un viaje por el Ridículo? Es fácil, entre otras posibilidades, considerá a Benigni como algo serio, profundo, y que sé yo. Luego de ver &quot;La vida es bella&quot;, en el hall, cuando me iba, la consideré una regresión; por las dudas la ví otra vez, tratando de precisar la mentalidad de quién había decidido idiotizar-nos con ese producto. Menos mal que después apareció &quot;El Pianista&quot; y pude introducirme en la atmósfera exterior-interior de esa Europa en guerra.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Roberto Benigni es uno de los chantas que se pretende presentar como ser &#8220;especial&#8221;, para que sea referente de gente &#8220;común&#8221;&#8230; ¿Querés hacer un viaje por el Ridículo? Es fácil, entre otras posibilidades, considerá a Benigni como algo serio, profundo, y que sé yo. Luego de ver &#8220;La vida es bella&#8221;, en el hall, cuando me iba, la consideré una regresión; por las dudas la ví otra vez, tratando de precisar la mentalidad de quién había decidido idiotizar-nos con ese producto. Menos mal que después apareció &#8220;El Pianista&#8221; y pude introducirme en la atmósfera exterior-interior de esa Europa en guerra.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Monólogo teológico &#171; el fantasma</title>
		<link>http://www.nacionapache.com.ar/archives/720/comment-page-1#comment-577</link>
		<dc:creator>Monólogo teológico &#171; el fantasma</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 30 Sep 2006 22:45:29 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.nacionapache.com.ar/archives/720#comment-577</guid>
		<description>[...] La ira: no hay nadie que se enoje más que él. ¡Muchachos! ¿Adán y Eva se comieron una manzana? Mama mía, se volvió loco. “¡Fuera! Tú, trabajarás con el sudor de tu frente! ¡Tú, parirás con dolor! ¡¡Fuera!!” Una manzana me la puedo comprar, no hay necesidad de enojarse tanto. Se puso como un loco. Y después, yo admito que uno se pueda enojar a causa de una manzana, pero después se le pasa. Ah no, pero a Él no se le pasó. Van dos millones de años que nos hace bautizar por culpa de esa manzana.    Posted in Incontinente &#124; [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] La ira: no hay nadie que se enoje más que él. ¡Muchachos! ¿Adán y Eva se comieron una manzana? Mama mía, se volvió loco. “¡Fuera! Tú, trabajarás con el sudor de tu frente! ¡Tú, parirás con dolor! ¡¡Fuera!!” Una manzana me la puedo comprar, no hay necesidad de enojarse tanto. Se puso como un loco. Y después, yo admito que uno se pueda enojar a causa de una manzana, pero después se le pasa. Ah no, pero a Él no se le pasó. Van dos millones de años que nos hace bautizar por culpa de esa manzana.    Posted in Incontinente | [...]</p>
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	</item>
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